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Marco de reporting

CSRD

Directiva de Información Corporativa sobre Sostenibilidad

La CSRD es la ley obligatoria de reporting de sostenibilidad de la UE, bajo la cual las empresas dentro de su alcance reportan contra las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS) sobre una base de doble materialidad. Su alcance se redujo notablemente con la simplificación "Omnibus" de la UE de 2025–2026: desde los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2027, el reporte obligatorio se aplica principalmente a empresas con más de 1.000 empleados y más de 450 millones de euros de facturación neta.

Publicado porUE / EFRAG (ESRS)
BaseDoble materialidad
EstadoObligatorio; alcance reducido por Omnibus (2026)
Umbral principal>1.000 empleados y >450 M€ facturación
Se aplica desdeEjercicios desde el 1 ene 2027

Quién reporta con él

Tras las reformas Omnibus, principalmente grandes empresas de la UE (y grandes grupos de fuera de la UE con actividad significativa en la UE) por encima de aproximadamente 1.000 empleados y 450 millones de euros de facturación. La mayoría de las pymes —incluidas las pymes cotizadas, que el Omnibus retiró del alcance obligatorio— ya no están directamente obligadas a reportar, pero siguen notando la CSRD de forma indirecta a través de solicitudes de datos de clientes dentro del alcance, que es justo lo que VSME está diseñado para responder.

Quién reporta tras el Omnibus

Grandes empresas que ya reportan

Las grandes empresas anteriormente cubiertas por la NFRD que aún cumplen los nuevos umbrales siguen reportando contra las ESRS.

Grandes empresas (desde 2027)

Las empresas por encima de ~1.000 empleados y 450 M€ de facturación entran para los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2027.

Pymes — fuera del alcance obligatorio

El Omnibus retiró a las pymes cotizadas del alcance obligatorio; las pymes responden a las solicitudes de la cadena de valor mediante el estándar voluntario VSME.

CSRD y pymes: el efecto cadena de valor

Aunque la mayoría de las pymes ya están fuera del alcance directo, la CSRD sigue alcanzándolas a través de los clientes. Las empresas dentro del alcance reportan sobre su cadena de valor, por lo que piden a sus proveedores datos de emisiones y ESG. El Omnibus también introdujo un "tope de cadena de valor" que limita lo que las grandes empresas pueden exigir a sus proveedores más pequeños, aproximadamente a los datos de VSME, lo que convierte a VSME en el estándar práctico para responder a estas solicitudes.

Qué cambió el Omnibus

El paquete Omnibus I de la UE —acordado en diciembre de 2025 y adoptado a principios de 2026— elevó los umbrales de tamaño, retrasó las olas de reporte posteriores ("parar el reloj"), retiró a las pymes cotizadas del alcance obligatorio y desencadenó una simplificación de las ESRS por parte de EFRAG. La implementación aún se está asentando, así que comprueba siempre las reglas vigentes.

Preguntas frecuentes

¿Se aplica la CSRD a las pymes?

Tras las reformas Omnibus de 2025–2026, la mayoría de las pymes no están en el alcance obligatorio —las pymes cotizadas fueron retiradas y el umbral principal subió a unos 1.000 empleados y 450 M€ de facturación—. Las pymes suelen responder a las solicitudes de cadena de valor derivadas de la CSRD usando el estándar voluntario VSME.

¿Qué es la doble materialidad?

La doble materialidad significa reportar tanto cómo los temas de sostenibilidad afectan a tu negocio (materialidad financiera) como cómo tu negocio afecta a las personas y al medio ambiente (materialidad de impacto).

¿Cuándo se aplica la CSRD tras el Omnibus?

El alcance reducido se aplica a los ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2027, mientras las empresas que ya reportaban bajo la antigua NFRD continúan entretanto. Los plazos aún pueden ajustarse, así que verifica las fechas vigentes.

Cómo ayuda Clidapt

Clidapt admite el reporting CSRD: contabilidad de Alcance 1, 2 y 3 según el GHG Protocol, divulgaciones asistidas por IA, seguimiento de exhaustividad y exportación PDF/CSV lista para auditoría.

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